LEGALIZAR PISCINA

Para legalizar una piscina que se ha construido sin una licencia de obra previa será necesario contar con un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero) que nos desarrolle un proyecto técnico de legalización de piscina privada cumpliendo y haciendo cumplir la normativa vigente.

El construir una piscina sin licencia de obra es un caso común que ocurre cuando por desconocimiento o mala información del contratista que nos hace la Piscina, no solicitamos previamente en nuestro ayuntamiento una licencia para su construcción.

¿QUÉ HACER SI MI PISCINA NO CUENTA CON LICENCIA?

En el caso de este elemento, piscina, alberca, o balsa, no cuenta con licencia, es casi siempre facilmente legalizable. Se tratará de presentar un proyecto de legalización en el Ayuntamiento que nos permita legalizar la piscina previo al pago de tasas e impuestos municipales.

¿INTERESA LEGALIZAR UNA PISCINA?

Siempre nos será interesante tener la piscina Legalizada, sobre todo ya que en ocasiones suele ser un elemento que genera problemas con vecinos u otras parcelas vecinales y si no tenemos la correspondiente Licencia Municipal de Obras tendremos un punto débil ante una posible denuncia.

¿PASOS PARA LEGALIZAR?

  1. Contactar con un Técnico (Arquitecto o Aparejador), para pedir presupuesto y plazos de tiempo para su realización
  2. Contratar sus servicios para que nos realice el Proyecto para Legalizar Piscina Privada, que hemos realizado Sin Licencia de Obras.
  3. Presentar toda la documentación en el Ayuntamiento
  4. Pagar la Tasa e impuesto Municipal

Tanto la legalización de una Balsa, Alberca como la de una piscina son muy similares en trámites, procedimientos y presupuesto.

¿CUÁNDO PRESCRIBE UNA PISCINA ILEGAL?

La prescripción de un actuación urbanística no supone la LEGALIDAD de esta, es decir que el acto de la construcción de una piscina, alberca o balsa no pasa a ser directamente legal.Quiere decir que el plazo que corresponde para que la Administración competente pueda actuar ha caducado y ello conlleva el que no podrán exigir la legalización, ni sancionar ni ordenar la demolición de la piscina.

En el caso de la Comunidad Andaluza, que es donde LEGALIZATUVIVIENDA.COM actúa, es de:

Artículo 185 Plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística

1. Las medidas, cautelares o definitivas, de protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado previstas en este capítulo sólo podrán adoptarse válidamente mientras los actos estén en curso de ejecución, realización o desarrollo y dentro de los seis años siguientes a su completa terminación.

¿ME PUEDEN MULTAR POR UNA PISCINA ILEGAL?

En la comunidad andaluza según se lee en la LOUA(*) la construcción de una piscina, alberca o balsa SIN LICENCIA se trataría, en principio y sin entrar en detalles pormenorizados, en una infracciones GRAVE. Por ello, podría ser sancionado con una multa desde 3.000 a 5.999 €

* LOUA- Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía,

Art. 207.3 Clases de infracciones

Son INFRACCIONES GRAVES:

La ejecución, realización o desarrollo de actos de construcción, que estén sujetas a licencia urbanística o aprobación, se ejecuten sin la misma o contraviniendo sus condiciones, salvo que sean de modificación o reforma y que, por su menor entidad, no precisen de proyecto técnico, en cuyo caso tendrán la condición de infracción leve.

Art. 208.3 Sanciones 

[…]

las infracciones urbanísticas serán sancionadas con las siguientes multas:

  • a) Infracciones leves: multa desde 600 euros hasta 2.999 euros.
  • b) Infracciones graves: multa desde 3.000 euros hasta 5.999 euros.
  • c) Infracciones muy graves: multa desde 6.000 euros hasta 120.000 euros

[…]

Artículo 211 Prescripción de las infracciones y de las sanciones 

1. Las infracciones urbanísticas graves y muy graves prescriben a los cuatro años y las leves al año. Ello sin perjuicio de lo regulado en el artículo 185 para la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística y de restablecimiento del orden jurídico perturbado.

2. Las sanciones impuestas por faltas muy graves y graves prescriben a los tres años y las impuestas por faltas leves al año.

PISCINAS
ALBERCA RÚSTICA
BALSAS DE RIEGO

¿CÓMO LEGALIZAR?
¿CUÁNTO CUESTA?

PRESUPUESTO DE
LEGALIZAR UNA PISCINA

  • Proyecto Técnico Legalización: 550 €
  • Tasas e Impuestos Municipales: 400 €
  • Gastos Notaría: 300 €
  • Gastos Registro: 450 €
  • Total Coste Legalización: 1.700 €
SABER MÁS...

POSIBLES PROBLEMAS AL LEGALIZAR
una Piscina, Alberca o Balsa de Riego

Los problemas que nos podemos encontrar de legalizar una Piscina, Alberca rústica o Balsa de Riego pueden que sean alguno de los siguientes:

  • Separación a Lindes: Si la Piscina es enterrada, es decir no sobresale sobre el nivel original del terreno, no debe por que guardar distancias a lindes de nuestra parcela. Pero si por el contrario la Piscina o Balsa de riego está construida sobre el nivel del terreno si debe de guardar ciertos retranqueos a las parcelas colindantes que suelen ser de unos 3 metros y a la via publica o camino de acceso que en este caso suele ser de 5 metros. Si nuestra Piscina no guarda estas medidas puede que no nos apruebe el Ayuntamiento su legalización
  • Terrenos Rústicos o Protegidos: En terrenos rústicos o protegidos no se suele admitir la construcción de Piscinas pero si la de Balsas de riego, por lo que deberemos de enfocar la Legalización como una balsa de riego .